La Comisión Forestal del Estado recibirá solicitudes para la adquisición de planta para reforestar hasta el 30 de junio del año en curso, derivado de una prórroga emitida de manera emergente ante la contingencia sanitaria por el COVID-19.
Con base en los lineamientos de operación de los servicios y acciones de la Cofom, las solicitudes para la adquisición de una a mil plantas, deberán presentar: el formato de solicitud única correctamente requisitado por el Departamento de Producción de planta, copia de identificación oficial vigente del solicitante y copia simple de la CURP.
Para la solicitud de planta de más de mil a 2 mil 500, deberán presentar: formato de solicitud requisitado por el Departamento de Producción de Planta, presentar copia de documento simple que acredite la legal propiedad del área a reforestar, copia de identificación oficial vigente del solicitante, además de copia simple de comprobante de domicilio y copia simple de CURP, así como carta compromiso, en la que se compromete a plantar la totalidad de las plantas solicitadas y darle los cuidados posteriores.
Mientras para los solicitantes de mayores a 2 mil 501 plantas, deberá considerar lo siguiente: presentar formato de solicitud debidamente requisitado proporcionado y personalizado por el Departamento de Producción de Planta y, cuando sea por un tercero, este deberá presentar carta poder debidamente requisitada. Presentar copia de documento simple que acredite la legal propiedad del área a reforestar, además del polígono del área de plantación y dictamen técnico de campo firmados por personal técnico de la Comisión Forestal del Estado, los gastos que se origen por el concepto de traslado serán costeados por el solicitante.
Así mismo, los solicitantes mayores de 2,501 plantas deberán presentar copia de identificación oficial vigente del solicitante, copia de comprobante de domicilio, copia de CURP, así como carta compromiso, en la que se compromete a plantar la totalidad de la planta, cuya acción no deberá ser para cumplir condiciones por aprovechamientos, multas o sanciones, además de comprometerse a darle los cuidados posteriores hasta por cinco años a la planta sembrada.
Finalmente, cuando la solitud haya sido presentada a través de un tercero y que esta sea aprobada, el apoyo se otorgará únicamente al beneficiario de forma personalizada.
Ante ello las solicitudes podrán ser presentadas hasta el 30 de junio en las oficinas de la Comisión Forestal del Estado.