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28 de Noviembre del 2024
Seguridad

Alcalde Juan Gim no cumple prohibición de venta de pirotecnia

Alcalde Juan Gim no cumple prohibición de venta de pirotecnia

Aun cuando en entrevistas el Presidente Municipal Juan Gim Nogales, aseguró que la venta de "cuetes" y pirotecnia en Nogales estaría prohibida ésta temporada luego de tener reuniones con representantes de asociaciones de personas con discapacidad, con padres y madres de personas con autismo y con organizaciones y agrupaciones de protección a los Animales, la venta de éstos artefactos explosivos si se llevará acabo sin que nadie lo impida.

En un boletín por demás escueto, el Ayuntamiento que encabeza Juan Gim Nogales y sus regidores, pretenden dejar toda la responsabilidad a la SEDENA como la única instancia en la que se tramitan los permisos de compra y venta de pirotecnia y productos similares. En efecto, es la Secretaría de la Defensa Nacional la que se encarga de emitir los permisos solicitados, sin embargo ésta dependencia entrega los permisos, después de que el empresario solicitante reuna los requisitos que la SEDENA pide a quienes quieren tramitar estos permisos. Entre los requisitos que la Secretaría de la Defensa Nacional pide cumplir son 10 puntos entre los que se tiene que entregar: Un documento en original y copia de la seguridad y ubicación de sus instalaciones, es decir que en el oficio otorgado por el ayuntamiento se mencione en que lugar en instalarán las casetas o puestos de venta de pirotecnia y que digan son sitios seguros, áreas despejadas y sin establecimientos aledaños o conjuntos o fraccionamientos habitacionales, escuelas, guarderías, hospitales, etc. Así mismo esto debe ser avalado por protección civil municipal y el área de desarrollo Urbano y Obras públicas con el croquis o mapa del lugar en donde se indique que no se instalarán en zonas que pueden ser de riesgo para personas. En resumen, la SEDENA otorgará el permiso de venta de pirotecnia siempre y cuando reuna los 10 puntos y oficios necesarios que cuenten con una vigencia no mayor a 35 días, entre los que se incluye la anuencia o permiso de uso de suelo para esa actividad de parte del Ayuntamiento en turno. En la siguiente liga le mostramos los requisitos que la SEDENA solicita.

https://www.gob.mx/sedena/acciones-y-programas/permiso-extraordinario-para-compra-y-venta-de-artificios-pirotecnicos?fbclid=IwAR0nWXWpO6PUlfmeAZ1xB27Jo0Yf3odoe6Iqjqw1TUhyEPXRw3Wy8IxVaCs





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