Por unanimidad, el Congreso del Estado de Sinaloa aprobó incrementar las penas en contra de quien agreda al personal de salud durante la declaratoria de una emergencia sanitaria, con la adición al párrafo cuarto al artículo 189 y el párrafo segundo al artículo 323 del Código Penal para el Estado de Sinaloa
Con la adicción al Código Penal se le aplicará prisión de seis meses a seis años, además de la que le corresponda por el delito, a quien cometa una agresión en contra de médicos, cirujanos, personal de enfermería o cualquier persona que realice actividades de atención médica en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas durante el periodo que comprenda una emergencia sanitaria.
Además de eliminar la discriminación en todas sus formas y manifestaciones en contra de este sector, y de asegurar la comprensión y el respeto de la dignidad de la persona humana, asimismo permitirá sancionar a quien veje o excluya, provoque o incite al odio o a la violencia contra el personal de salud.