Para corroborar que se cumpla con lo estipulado en el Artículo 102 Fracción 11 BIS de la Ley 149, Ley General del Transporte para el Estado de Sonora, inspectores realizarán operativos de inspección para el encendido de los aires acondicionados en las unidades de transporte público, informó Edgardo Amaya Robles.
El titular dela Dirección General de Transporte (DGT) dijo que los concesionarios están obligados a que las unidades deben circular con el aire acondicionado encendido, durante el periodo del 1 de mayo al 30 de septiembre de cada año.
"Como está estipulado, hay un periodo establecido para que las unidades circulen con el aire acondicionado encendido, como se especifica en la Ley, que dice que todo prestador del servicio de transporte público debe cumplir con esta condición mínima aceptable de comodidad, de lo contrario podrá ser sancionado por las autoridades del Transporte", señaló.
El funcionario estatal recalcó que el encendido de los aires acondicionados es una disposición de Ley, pero en caso de que las autoridades de salud así lo indiquen, por la situación que aún prevalece por la pandemia de COVID, se realizaran los ajustes recomendados para seguir con los protocolos de sanidad y evitar la propagación de contagios.
Amaya Robles mencionó que está disponible la Línea de Atención para atender y dar seguimiento a todos los reportes, dudas y/o comentarios, al 662-104-77-55, misma que recibe mensajes de texto, donde pueden agregar fotos y videos para reforzar el reporte, por ello, dijo, es importante también proporcionar el número de ruta, número de unidad, hora aproximada y dirección donde haya ocurrido la incidencia, esto para que con mayor facilidad se pueda ubicar al operador.