El Pleno de la LXI Legislatura del Congreso del Estado recibió y turnó a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia la propuesta para reformar el artículo 422 del Código Penal del Estado, conocida a nivel nacional como Ley Ingrid, para imponer una pena a quien difunda material audiovisual de cadáveres o circunstancias de la muerte, especialmente de víctimas de femicidio.
La propuesta, fue presentada por la diputada Nora Merino Escamilla, cuya iniciativa señala que se establecerá que se prohíba que alguien fotografíe, videograbe, audiograbe, entregue, audios, videos, documentos o información reservada del lugar o evidencia de personas que hayan sufrido violencia física o sexual, de cadáveres o de circunstancias de la muerte.
A quien cometa este delito se le impondrá una pena de 4 a 10 años de prisión y una multa de 100 150 Unidades de Medida y Actualización; asimismo, las sanciones previstas en el párrafo anterior se incrementarán hasta en un 50 por ciento cuando se traten de casos de mujeres, niños, niñas o adolescentes.