Fue aprobada la reformas al tercer párrafo del artículo 85 bis y el 86 del Código Penal del Estado que señala la suspensión por 10 años o la cancelación definitiva de la licencia para conducir a personas que cometan homicidio estando alcoholizados.
En el caso de que este delito sea ocasionado por algún chofer de transporte público la sanción será de 6 a 15 años de prisión y la inhabilitación para transportar pasaje entre 6 y 10 años.
Ante esta aprobación, la diputada Guadalupe Muciño Muñoz, quien presentó la propuesta
informó que esta medida busca concientizar a los conductores para que sean responsables cuando estén frente al volante.