Este 7 de febrero el Senado de la república aprobó en lo general y particular la reforma constitucional al artículo 19 en materia de prisión preventiva oficiosa.
Esto quiere decir que las personas caerán en prisión preventiva hasta enfrentar juicio y hasta que se acredite que la persona es inocente podrá salir.
El abogado Miguel Sandoval comenta que con esta reforma, los delitos que serán sujetos de prisión preventiva oficiosa serán: Abuso o violencia sexual contra menores, Uso de programas sociales con fines electorales,Robo de transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, Robo a casa habitación, Delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del ejército, la armada y la fuerza aérea, Corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio indebido de funciones, Feminicidio, y los delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.
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