Bajo la Ley Federal del Trabajo, dicta que un empleado que labora en día festivo, será acreedor de obtener el triple de su salario normal, ya que se deberá contemplar el pago de la jornada junto con el descanso laboral y el día de celebración.
La inspectora de trabajo dentro del departamento de Conciliación y Arbitraje en San Luis Río Colorado, Marina Grijalva, comenta que se debe contar con el salario normal junto con el 200 por ciento del ingreso adquirido en esa fecha.
Dijo que no ha existido una cantidad considerable de ciudadanos que acudan a la junta por esta inconformidad.
Sin embargo, declara que no es obligación acudir a laborar ese día, ya que por ley, el descanso está permitido.
Por ello, asevera que es bueno contar con una relación entre patrón y empleado, para evitar una situación en el que alguna parte, quede en disgusto, por lo que sí presentan un caso de inconformidad con el pago festivo, pueden acudir a las oficinas en horarios de 8 de la mañana a 3 de la tarde en las oficinas del estado ubicadas por la Avenida Hidalgo y Calle 4ta.