De acuerdo a la recién publicada reforma del Código Fiscal, en el artículo 113 se modifica y se agrega que respecto a comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes o simuladas se sancionará de 3 meses a 6 años de prisión al contribuyente que las compre y de 3 a 6 años a quien las venda, esta reforma se hace para definir claramente el tipo de sanción para cada una de las partes involucradas en la operación ficticia ya que anteriormente al no estar bien estipuladas se facilitaba realizar esta práctica ilegal