La Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato determinó que el municipio de Salamanca deberá otorgar una compensación a la persona víctima indirecta, además de emitir una disculpa pública en memoria de la víctima, luego de que se acreditó la violación al derecho humano a la vida en la vertiente muerte en custodia, así se determinó luego de las investigaciones de la Procuraduría.
El pasado 17 de febrero del presente año, Antonio Quintana de 32 años de edad fue detenido tras ser señalado de alterar el orden público y tornarse agresivo en contra de sus familiares al encontrarse como lo dijo la autoridad "en estado de ebriedad", por lo que fue remitido a los separos preventivos en donde horas más tarde atentó y terminó con su vida, sin embargo, las autoridades locales dieron a conocer e hicieron de dominio público los hechos 72 horas más tarde, tras la evidencia de los familiares.
Inconsistencias encontradas
Como resultado de las indagatorias, la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, determinó que al momento de la revisión de Antonio, realizada al ingresar a los
separos preventivos, no tenía lesiones, se encontraba en estado de ebriedad, sin embargo, no se le realizó prueba de alcoholemia, además de que solo había un custodio en turno para vigilar celdas y monitores, por lo que quedó probada la omisión de brindar una custodia efectiva por que la persona servidora pública que valoró al detenido no era un médico legista, si no un paramédico; contrario a lo establecido en el artículo 60 fracción III, inciso c, y 66 del Reglamento de la Estructura Orgánica de la Administración Pública
Municipal Centralizada del municipio de Salamanca, Guanajuato.
Medidas de no repetición
De conformidad con lo establecido en los artículos 68 fracción I, II y VIII, y 69 fracción IV de la
Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato, para evitar la repetición de hechos violatorios de derechos humanos como los señalados en la presente resolución, y contribuir a su prevención, la autoridad municipal deberá adoptar todas las medidas legales y administrativas correspondientes como contar con el personal de custodia suficiente que realice rondines y monitoreo dentro de los
separos preventivos, así como el personal médico que señala la normativa de la materia. Capacitar a las personas integrantes de los separos preventivos, en temas de derechos
humanos que deben de cumplir las personas servidoras públicas encargadas de hacer
cumplir la ley.