El Congreso del Estado de Guanajuato emitió las recomendaciones de los montos máximos para los sueldos de alcaldes, síndicos y regidores para el ejercicio 2021, las sugerencias se tomaron en consideración a la situación socioeconómica de los municipios guanajuatenses, así como la recaudación del impuesto predial, población por municipio, presupuesto de egresos, tasa de crecimiento de la población, índice de marginación, población urbana y localidades.
En el acuerdo emitido por el Legislativo propone sueldos superiores a los 100 mil pesos en los siguiente municipios: León ($156 mil 834), Celaya ($146 mil 376), Dolores Hidalgo ($104 mil 556), Guanajuato ($115 mil 011), Irapuato ($146 mil 379), Salamanca ($125 mil 476), San Francisco del Rincón ($104 mil 556), San Miguel de Allende ($125 mil 467) y Silao ($115 mil 011).
En Salamanca, el sueldo actual de la Alcaldesa es de 97 mil 098.81 pesos, la recomendación es que incremente a 125 mil 476.59 pesos. En el caso de los Síndicos es que incremente a casi 63 mil pesos y de regidores poco más de 56 mil pesos mensuales, aunque en su momento la alcaldesa dijo que todos los que forman parte del Ayuntamiento de este municipio reducirían su sueldo esto durante los tres años de dicha administración.
El acuerdo advierte que la responsabilidad máxima en la entidad la asume el gobernador del estado, por lo que ningún salario podrá ser mayor a $157 mil 013 (sueldo neto) y el sueldo de síndicos o regidores no podrá estar por encima del presidente municipal.
Considerando la actual percepción del alcalde de León y considerando la recomendación para 2020, tendría que reducirse el sueldo en 2021. En tanto, que los de Irapuato, Guanajuato capital; San Felipe y San Miguel de Allende deberían incrementarlo. La propuesta para el establecimiento de las remuneraciones representan una base mensual, que no incluye la percepción del Fondo de Ahorro para el Retiro.
El documento a darse a conocer entre los 46 municipios del estado, lanza una llamada "Se exhorta a los ayuntamientos que mantengan remuneraciones menores o igual a las establecidas en el artículo primero del presente acuerdo, ceñirse a la presente recomendación. Asimismo, a aquellos que han acatado dicha recomendación, a que permanezcan en los mismos términos en virtud de velar por el interés público y bajo los criterios de racionalidad, austeridad y disciplina del gasto público".