Con 38 votos a favor, la LXV Legislatura del Congreso local aprobó en lo general y en lo particular la reforma al artículo 103 de la Constitución de Oaxaca, en materia de alternancia de género en la elección de la presidencia del Poder Judicial del Estado.
En sesión ordinaria, las y los diputados aprobaron el dictamen emitido por la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales, la cual analizó y dictaminó la iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario de Morena, a través de la cual se busca acortar la brecha de desigualdad entre hombres y mujeres en el acceso a la vida pública.
Al dictaminar la propuesta, la comisión legislativa destacó que esta reforma constitucional establece que en la elección de la presidencia debe respetarse el principio de alternancia de género, como una medida para la reparación al daño histórico que se ha hecho a los derechos de las mujeres.
Con esta reforma, Oaxaca podrá convertirse en la entidad número 13 del país que abone a la participación de las mujeres en asumir el cargo de presidenta del Poder Judicial del Estado.
Históricamente en Oaxaca desde 1824 que se constituyó el primer Tribunal de Justicia del Estado, se tuvo que en el año 2019 una mujer ha ocupado la presidencia en forma interina del Poder Judicial.
Al respecto, la presidenta de la Comisión Permanente de Estudios Constitucionales, Luisa Cortés García, destacó que la reforma constitucional aprobada este miércoles "es una muestra de respeto a los logros de los derechos de las mujeres".
La congresista Nancy Benítez Zárate expresó que en más de 200 años de la vida independiente de nuestro estado, solamente una mujer ha ejercido el cargo de presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, siendo la licenciada María Eugenia Villanueva Abraham y solamente como interina por un año".
Esta modificación constitucional contempla la eliminación del requisito que exigía que para ser magistrada o magistrado presidente requería integrar sala en el Tribunal Superior de Justicia del Estado, por un mínimo de tres años.
De acuerdo con el decreto aprobado, esta reforma. es progresiva, ya que ordena ampliar el alcance y la protección de los derechos de las mujeres, en una medida mayor para alcanzar la plena efectividad del derecho.
El principio de alternancia de género es una herramienta que sirve para asegurar la participación política de las mujeres en forma sucesiva e intercalada.