El Pleno Parlamentario de la 65 Legislatura aprobó el decreto por el cual se reforma el artículo 45 de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos, para garantizar espacios públicos libres de basura.
Con esta modificación, los ayuntamientos instalarán el equipamiento e infraestructura para el depósito y recolección separada de los desechos en la vía pública conforme lo establecido en los Programas Municipales para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos.
Con ello, las autoridades deben establecer dichos mecanismos en mercados públicos, panteones, escuelas, parques, centros comerciales y recreativos, así como en áreas comunes, además de que éstos deberán contar con los vehículos adecuados para la recolección de los residuos sólidos urbanos.
De acuerdo con la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Oaxaca, en su artículo 113, fracción III, se estipula que los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos como la limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos.
Este decreto estudiado y dictaminado por las Comisión Permanente de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías, Sostenibilidad y Cambio Climático, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca.