Las autoridades harán oficial el decreto fundamentadas
en los artículos 1, 43 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; y el articulo 1, 37 fracción I del Bando de Policía y Gobierno, derivado del acuerdo de cabildo de fecha 03 de febrero de 2021. Iniciando su vigencia a partir del 04 de febrero del año 2021.
Sanciones:
Primero: De no cumplir con estas disposiciones dictadas por este Ayuntamiento los establecimientos comerciales serán multados hasta con 500 salarios mínimos y de reincidir serán suspendidos de sus actividades, para evitar la propagación de la enfermedad provocada por el Virus SARS-CoV2 (COVID-19).
Segundo: Las personas que, en la vía pública, espacios públicos, establecimientos no observen la sana distancia y el uso adecuado del cubre bocas, serán detenidas por 5 horas y multados con $500.00 (Quinientos pesos 00/100 M.N); de estar alcoholizado el arresto será hasta por 48 horas, y multa hasta por $1,500.00 (Un mil quinientos pesos 00/100 M.N.)
Tercero. - A partir de esta fecha todo inmobiliario de fiestas o eventos masivos, como estand, sillas, mesas, hieleras, equipos de música, instrumentos musicales, de utilería y demás, serán retenidos y puestos en resguardo en la comisaría de seguridad pública hasta en tanto los propietarios firmen un compromiso de respetar estas medidas, y de reincidir serán retenidos nuevamente y multados hasta con 500 salarios mínimos.
Cuarto: Las personas responsables de organizar fiestas y/o eventos masivos contemplados en estas disposiciones, serán arrestados por 48 horas y multados con la cantidad de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.).
Quinto: Los vehículos que se les sorprenda vendiendo y/o surtiendo bebidas alcohólicas serán retenidos con sus productos y su chofer y vendedor serán arrestados por 48 horas, además de ser multados por la cantidad de hasta por $5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 M.N.), los productos serán remitidos para su resguardo en una bodega del municipio y la unidad de motor será remitido al encierro oficial.