La LXV Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobó reformas a 7 artículos de la Constitución Política del Estado para restringir el acceso a cargos públicos y de elección popular a personas condenadas por violencia familiar, delitos sexuales y deudores alimentarios.
Con 34 votos a favor las y los diputados, dieron entrada a estas adecuaciones en donde se expone que la limitarte será vinculante para las y los servidores públicos pertenecientes a la Administración Pública Estatal, integrantes del Poder Judicial del Estado, jueces, secretarios y magistrados; así como las personas titulares e integrantes de los órganos constitucionalmente autónomos.
Además de no estar inscrito como persona deudora alimentaria morosa en cualquier registro oficial a menos que acredite estar al corriente del pago, cancele en su totalidad la deuda o bien, tramite el descuento pertinente ante las instancias que así correspondan.
La nueva legislación expone que esta limitante sea vinculante para las y los servidores públicos pertenecientes a la Administración Pública Estatal, integrantes del Poder Judicial del Estado -jueces, secretarios y magistrados-, así como las personas titulares e integrantes de los órganos constitucionalmente autónomos.
Además, considera que este requisito es exigible para las personas que deseen postularse como diputados y diputadas locales. También, para que sea extensiva a las personas integrantes de los ayuntamientos en los 570 municipios del estado. Se prevé que la presente modificación, sea vinculante únicamente a partir de las oficinas y todos los niveles burocráticos superiores.
En el artículo transitorio segundo, se estableció que el Congreso del Estado tendrá 180 días naturales a partir de la entrada en vigor para reformar las leyes secundarías que correspondan de conformidad con el decreto.