Debido a que el Contralor del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, Salvador Alejandro Cruz Rodriguez, transgredió una atribución constitucional, conferida legal y exclusivamente, al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, para suspender a la Consejera Presidenta del IEEPCO, Elizabeth Sánchez González -y sin haberle comprobado una sanción administrativa-, el INE, promovió un juicio electoral urgente ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para controvertir esa decisión. En esa perspectiva, es cuestión de tiempo que, la consejera Presidenta del IEEPCO, retorne a su silla en el Consejo General del OPLE, tras la suspensión que le decretó Cruz Rodriguez, por presuntas irregularidades en la comprobación de 19.9 millones de pesos. La Consejera Presidenta de la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales Electorales del Instituto Nacional Electoral (INE), Dania Paola Ravel Cuevas, aseguró que en el INE, respetan el estado de derecho, por eso acataron la determinación, aunque no la comparten. Por, ello, la contravienen por todos los medios legales a su alcance, "que dicho sea de paso, seguimos explorando nuevas rutas jurídicas para poder controvertir esta decisión". En asuntos generales de la sesión ordinaria del INE, alertó que, los hechos que han tenido lugar en el IEEPCO, "sin duda, afectan el funcionamiento del órgano superior de dirección de este instituto en pleno proceso local" para renovar el congreso y 153 municipios que se rigen bajo el sistema de partidos. Refirió que el pasado 14 de septiembre el INE tuvo conocimiento de la suspensión temporal de la presidenta del IEPCO por parte de la contraloría general del OPLE, la cual se impuso como una medida cautelar en virtud de una presunta infracción administrativa. Confirmó que, el mismo día en que le notificaron esa medida cautelar, en su carácter de presidenta de la Comisión de Vinculación, remitió un oficio a la Secretaría Ejecutiva del OPLE para que informara a este Instituto qué consejería ocuparía provisionalmente la presidencia de ese organismo público local, en términos del artículo 32, numeral 1 del reglamento de remoción y designación de consejeras y consejeros de organismos públicos locales electorales.
Sin embargo, aclaró que ese oficio no constituye una aprobación a la determinación de la contraloría general del OPLE de Oaxaca, "sino que se trata más bien de una medida operativa que protege y da certeza al desarrollo del proceso electoral local en Oaxaca", el cual, inició el pasado 8 de septiembre. Ravel Cuevas, destacó que, la suspensión temporal de la presidenta del IEPCO interfiere directamente en el óptimo desarrollo del proceso electoral local de Oaxaca, dejando sin la debida integración al máximo órgano de dirección de ese organismo público local electoral. "El OIC del OPLE de Oaxaca transgrede una atribución constitucional y legalmente conferida, exclusivamente a este Consejo General, porque al establecer una suspensión temporal sin un plazo definido, de facto, está removiendo a la Presidenta del OPLE, sin siquiera haberle comprobado una sanción administrativa", criticó. Sostuvo que con su actuar, el titular del OIC, Cruz Rodríguez, no solo transgrede una atribución que el Poder Legislativo, reservó para el Consejo General del INE, sino que también violenta la autonomía conferida al máxima órgano de dirección del OPLE de Oaxaca, el cual forma parte del Sistema Nacional de Elecciones, cuya rectoría está conferida al Instituto Nacional Electoral, de conformidad con el artículo 41, base 5 de la Constitución.
Advirtió que la suspensión del ejercicio de su encargo de la Presidenta del IEEPCO, designada por el Consejo General del INE es de la mayor gravedad, al producirse además, en un contexto en el que es público y notorio que han iniciado tanto el proceso electoral federal como el proceso local en Oaxaca. "Es tan delicado prescindir de consejerías electorales en un organismo público local, una vez iniciado un proceso electoral, que la Sala Superior ha avalado que se suspendan procedimientos de remoción en contra de consejeros y de consejeras de organismos públicos locales electorales, hasta en tanto de desarrolle un proceso electoral local", precisó. Ravel Cuevas, manifestó que, es desproporcional y excesivo una medida cautelar que remueva del ejercicio de sus funciones a la Presidenta de dicho instituto electoral local. Confirmó entonces que, el Consejo General del INE promovió un juicio electoral urgente ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, "para controvertir esta arbitraria decisión".