El pleno de la 65 Legislatura del H. Congreso del Estado de Oaxaca aprobó dos decretos por los cuales se reforman diversas disposiciones de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, con el propósito de prevenir y erradicar el acoso sexual en los espacios públicos.
Por ello, se agregó el artículo 18 Ter, en el cual se considera acoso sexual en espacios públicos a la forma de violencia que conlleva a un abuso de poder hacia la víctima, sin tener relación alguna con el agresor.
Este tipo de agresión se manifiesta a través de una conducta física y verbal de connotación sexual no consentida, que se ejerce sobre una o varias personas, en espacios y medios de transporte público, refiere el dictamen.
También, se reformó el artículo 61 de la mencionada ley para que sea labor de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana el diseñar e implementar acciones y operativos coordinados con las policías municipales de forma permanente para prevenir, sancionar y erradicar el acoso sexual en lugares públicos.
Por otra parte, dentro de estas reformas aprobadas también se modificó el artículo 7 para establecer que, ejerce violencia económica sobre la mujer, quien se desentienda de sus obligaciones familiares de aportar recursos económicos, realizar labores domésticas y del cuidado de las personas dependientes de la familia, así como las aportaciones necesarias para la preservación o incremento del patrimonio familiar.
De igual manera, se añadió la fracción XII al artículo 7 de esta ley, para considerar como violencia la ejercida a través de interpósita persona, esto es cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra los hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido una relación de matrimonio, concubinato o haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora.
Este tipo de agresión se manifiesta a través de amenazas con causar daño a los hijos u ocultar, retener o sustraerlos de sus hogares, además de utilizarlos para obtener información, promover, incitar o fomentar actos de violencia física o psicológica en contra de la madre.
Estos decretos, aprobados en sesión con 30 y 33 votos a favor por el Pleno, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca.