Los accidentes de tránsito en la ciudad, además de dejar lesionados y cuantiosos daños materiales de las unidades involucradas, en muchas ocasiones, generan daños al asfalto y al inmueble público sin que nadie se haga responsable de reparar estos desperfectos.
Reglamento de Construcciones Artículo 16
"...el que sin autorización respectiva de la Autoridad cause daños a la vía pública o genere residuos en la misma, está obligado a su reparación inmediata, y al retiro de los residuos. En caso de incumplimiento lo hará la autoridad a cargo de aquel, independientemente de las sanciones que se apliquen."
Reglamento de Tránsito Municipal Artículo 6
"Los conductores o propietarios de vehículos o semovientes y toda persona que cause daño a las vías públicas o bienes del municipio, estarán obligados a pagar el importe de su reparación y a sufrir la sanción de la que se hayan hecho acreedores, en su caso se hará la consignación a la autoridad competente"
De acuerdo a lo contemplado por los reglamentos municipales de Tránsito Municipal y de Construcciones, para los daños al mobiliario o infraestructura urbana por un hecho vial, Obras Públicas y/o Desarrollo Urbano cuantifica el valor del daño para cargar el monto al conductor responsable, el cual se determina mediante el peritaje hecho por Tránsito.
"la postura de nosotros es que lo reparen de forma inmediata pero si por cuestiones jurídicas se tiene uno que esperar algún resolutivo o sentencia legal, se tiene que esperar" -Eduardo Fernández Sosa, director de Desarrollo Urbano
La reparación del daño puede resarcirse de manera económica o física, es decir, se puede restaurar por medios propios, dejándola en las condiciones iniciales; y aunque debe hacerse inmediatamente, puede interponerse un asunto legal entre los involucrados que postergue la reparación del daño. Así para garantizar que la persona se haga responsable, se debe comprobar el pago o la reparación del daño en el área de Tránsito Municipal para poder liberar el vehículo.
"hacen la reparación del daño monetariamente o componiendo lo que hayan dañado, ya nomás nos mandan un escrito para que liberemos la unidad" -Julio César López Carrera, director de Transito Municipal
Sin embargo, los constantes hechos viales han llevado a especialistas de la construcción, a considerar que en algunos casos, "se trata de obras que no garantizan la seguridad para el desplazamiento, como en el recién inaugurado boulevard Héroes de Nacozari.
"ahí viene una cuestión legal urbana, realmente quien tiene cierta responsabilidad viene siendo la autoridad al diseñar una infraestructura que carece de la seguridad necesaria" -Luis Cortés Reyes, integrante del Colegio de Peritos Edificadores
De modo que si los involucrados en accidentes emprenden un juicio y se demuestra la corresponsabilidad de autoridades ante la falta de reductores de velocidad o señalética, se pueden cargar los daños a la autoridad o constructora encargada de dicha obra.