Durante una sesión de cabildo extraordinaria, la comuna del municipio de Tehuacán, exhortó y dió un plazo de 3 días hábiles al Director de Servicios Públicos Municipales, Ángel Uzziel Romero Rivera, para que rinda un informe pormenorizado sobre el caso de los 4 caninos sedados, su estatus y ubicación actual.
En el octavo punto del día, fue presentado por los regidores del ayuntamiento de Tehuacán el oficio 014/2023, para exhortar al director de Servicios Públicos Municipales a que en toda acción o instrucción al personal a su cargo se abstenga de realizar todo hecho, acto y omisión negligente que pueda ocasionar dolor, estrés o sufrimiento que ponga en peligro el bienestar, la vida o salud de un animal, además que debe atender de manera diligente los requerimientos, solicitudes de información relativos a las acciones que realiza en materia de bienestar animal.
Esto ante lo hecho del pasado 12 de junio, donde 4 perritos aparentemente fueron dormidos por personal del Bienestar Animal, frente al palacio municipal de Tehuacán, que han sido motivo de rechazo social por los aparentes actos violentos; por lo que el funcionario tendrá un lapso de 3 días hábiles para también rendir un informe pormenorizado con pruebas documentales cúal fue el procedimiento que llevó a cabo por parte de la dirección y coordinación de Bienestar Animal a su cargo, en cuanto a los hechos señalado, así también sobre el estatus y ubicación actual de los 4 perritos.
Además que deberá dar cumplimiento al exhorto que la regiduría de Servicios Públicos Municipales había enviado a dicha dirección, el pasado 09 de junio, por orden del estado, donde se pidió intensificar las campañas de esterilización y vacunación antirrábica, el reporte de perros y gatos en abandono; sin dejar de lado la capacitación del personal que tiene contacto directo con los animales.
La comuna destacó que dicho informe será turnado al órgano Interno de Control, y en el que si algún funcionario atentó contra el bienestar animal, se iniciará el procedimiento administrativo correspondiente. "Se le conmina a sujetar su actuar a lo que establece el artículo 7 de la ley general de responsabilidades administrativas, que en el desempeño de su cargo deberán ser bajo los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, rendición de cuentas, eficacia? se deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan sus funciones?", se leyó del exhortó, mismo que destacaron no es de carácter vinculante.