Entrega- Recepción Ayuntamientos
2021- 2024 a 2024- 2027
"Hoy tienen la oportunidad de demostrarle el amor que le tienen a Tehuacán, Pedro con sus acciones y con su entrega, y tú doctor con tu voluntad para poder unir a Tehuacán. Gracias Tepole por cuidar a Tehuacán, Alejandro, mucho éxito en tu gobierno", indicó Sergio Salomón Céspedes Peregrina, Gobernador de Puebla.
"La Auditoría Superior del Estado, dentro de sus facultades, dentro de su ley establece que tiene que generar el acompañamiento a los ayuntamientos para las entregas- recepciones, y también son generadores de los formatos que se utilizan", indicó Ernesto Cruz Flores, de Integridad Ciudadana A. C.
"No solo son las observaciones que realiza la auditoría, en el periodo de administración, sino las observaciones que también se detecte, aquellas manifestaciones que indiquen todos los servidores públicos que estén involucrados", destacó Juan José Hernández, del Instituto para la Gestión, Administración y Vinculación Municipal.
La entrega- recepción de los ayuntamientos debe realizarse conforme a la "Ley que Establece los Procedimientos de Entrega- Recepción en los Poderes Públicos, Ayuntamientos, Órganos Constitucionalmente Autónomos y Públicos Paraestatales de la Administración Pública de Puebla", de la "Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla", y de la "Ley General de Responsabilidades Administrativas", pero ¿Qué es?
"Hoy viene una nueva etapa de gobierno, una nueva oportunidad, o mejoramos, o cambiamos o vamos para peor, ahí es donde tenemos que reflexionar todos", resaltó Céspedes Peregrina.
La "Guía 2024 para la entrega- recepción de la administración pública municipal del a Auditoria Superior del Estado de Puebla", la define como el "acto formal de carácter obligatorio por el cual el ayuntamiento saliente debe realizar la entrega de los recursos asignados, asuntos a su cargo, el informe del estado que guardan, y demás información documental, al ayuntamiento entrante".
"Dos momentos para hacer la entrega-recepción, un primer momento, que son 45 días antes de la toma de protesta constitucional, de la transición formal, en estos 45 días previos se tiene que instalar una comisión de transición", precisó Cruz Flores.
Y son "sujetos obligados" todos los servidores públicos, así como quienes administren, manejen, recauden, apliquen o resguarden recursos propiedad o al cuidado del ayuntamiento; el proceso de "entrega- recepción concluye una vez analizado con la emisión del acuerdo del ayuntamiento electo, una vez analizado el expediente y subsanadas las observaciones que resulten".
"Ya vendrá formalmente la entrega- recepción que empieza formalmente 5 días antes de la entrega de protesta constitucional", finalizó el integrante de Integridad Ciudadana A. C.
"Si la siguiente administración tiene observaciones, incluso si manifiesta que hay omisiones, la administración saliente tendrá un periodo de tiempo para justificar, argumentar o aclarar, porque como se da en algunos casos, puede haber desconocimiento", concluyó Juan José Hernández.
¿Por qué debe interesarnos la entrega-recepción de nuestro municipio? Una parte fundamental es el "tema presupuestario" ya que se incluyen estados financieros, una descripción detallada sobre la forma en la que se utilizaron los recursos y materiales, ¿Qué pasa si hay observaciones?, ¿Quién toma conocimiento?