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18 de Octubre del 2024
Política

Partidos políticos no podrán participar en plebiscitos

Partidos políticos no podrán participar en plebiscitos

A partir de esta fecha entra en decretó la reforma al párrafo tercero del artículo 225 de la Ley Orgánica Municipal, la cual fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, donde se establece que ningún partido político podrá participar de manera directa o indirecta en el proceso de renovación de presidencias de las juntas auxiliares, cabe indicar que Jesús Rodríguez Almeida, Encargado de Despacho de la Gubernatura, respaldó esta disposición.

 

Dicho decreto queda se la siguiente manera: "Los Ayuntamientos, en los reglamentos respectivos, fijarán las bases mínimas que contendrán las convocatorias para el registro de candidatos, mismas que deberán observar las disposiciones constitucionales y legales aplicables en donde se deberá prohibir el apoyo o postulación de los candidatos a integrar la o las Juntas Auxiliares Respectivas por parte de los Partidos Políticos".





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