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03 de Octubre del 2024
Salud

Restaurantes podrán vender solo comida vía telefónica

Restaurantes podrán vender solo comida vía telefónica

Fue expedido y publicado en el Periódico Oficial del Estado, el Decreto del Ejecutivo del Estado con la finalidad de evitar la cadena de transmisión (propagación y contagio) del virus SAR Cov2(Covid-19), se suspende la venta de alimentos preparados y bebidas no alcohólicas en establecimientos fijos, durante el tiempo que dure la pandemia.

La prohibición implica que todo restaurante, fonda, lonchería, cocinas económicas y demás establecimientos cuya actividad sea la preparación, venta o expedición de alimentos y bebidas no alcohólicas, solo podrán vender para llevar o mediante la modalidad de entrega a domicilio y con requisitos sanitarios bien definidos.

Aquellos prestadores de servicio que tengan contacto con los alimentos o cualquiera de sus productos, en su preparación y quienes entregan o despachen los alimentos y bebidas no alcohólicas, deberán cumplir las normas mínimas sanitarias como: 

Se deberán aplicar previamente a la preparación o manejo, gel con base de alcohol al setenta por ciento antes de cada atención o entrega y lo harán frente a los clientes.

Uso de cubierta facial, cubre boca, careta o mascarilla de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana aplicable.

El Decreto faculta al personal de la Dirección de Protección Contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud del Estado de Puebla, a realizar verificaciones del cumplimiento de este ordenamiento y de advertir infracciones, se sancionará administrativamente en términos de la Ley General de Salud y la Ley Estatal de Salud, según corresponda.




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