Luego de que las autoridades justificaron que pese al amparo promovido por Tac Una Protección al Entorno, donde se concede la suspensión provisional para que el municipio se abstenga de hacer uso de material pirotécnico durante el festejo patrio, se hará uso de estos artefactos pero solo luminoso y no explosivo, la asociación respondió con un con un comunicado, advirtiendo al municipio que por violarla la orden del juez de distrito puede ser acreedor a la destitución e incluso cárcel.
"Las autoridades municipales deben tomar en cuenta que la jueza federal concedió la suspensión para el efecto de "que no se haga uso de fuegos pirotécnicos en el municipio de Tehuacán, Puebla y sus juntas auxiliares", ya sea por detonación o por luces; además que deben acatar de inmediato la suspensión concedida.
Violar una suspensión es violar la Constitución. Desobedecer una suspensión es un delito federal de acuerdo a la fracción III del artículo 262 de la Ley de Amparo, el cual se castiga de 3 a 9 años de prisión y destitución e inhabilitación de 3 a 9 años para desempeñar otro cargo público" se lee en el comunicado.
Ante ello exhortaron a las autoridades municipales y sus asesores legales a cumplir la suspensión provisional, y no confundir a la ciudadanía con dichas afirmaciones, ya que la suspensión es obligatoria desde que se concede y es notificada, tras recordar que la autoridad también justificó, que a pesar de recibir la notificación oficial, la suspensión todavía no está vigente.