Con la aprobación unánime de una reforma al Código de Penal de Nayarit, finalmente se reconoce el delito de "abuso sexual" y se elimina la terminología de "atentados al pudor", para referirse a este tipo de delitos; además se incrementa a 10 años la sanción máxima contra quienes incurran en este delito.
En el dictamen aprobado, se estipula también, que cuando la víctima de abuso sexual sea menor a 14 años o no tenga la capacidad de entender el hecho, quien delinque pagará con una pena de 4 a 9 años de prisión.
Cuando la persona que comete el delito sea un familiar o conocido de la víctima, use la violencia, sea servidor público, docente, médico o religioso, o se cometa el delito en el transporte público o privado, se le castigará con 4 o hasta 10 años de prisión; en el caso de los servidores públicos o personas que ejerzan su profesión, además de la pena, serán destituidos o suspendidos del cargo de 2 a 5 años, según sea el caso.
En la misma reforma estipula que si el agresor tiene parentesco con la víctima o ejerza sobre ella patria potestad, tutela o curatela, ésta perderá todo derecho de alimentos y sucesorios, pero mantendrá su obligación alimentaria.
En la enmienda también se establece que los tocamientos o manoseos corporales, el obligar a la víctima a observar un acto sexual, o exhibir su cuerpo sin su consentimiento, se entenderá como acto sexual.