Prohibió la Secretaría de Movilidad del estado de Nayarit el traslado de pasajeros en motocicleta a la plataforma DIDI, la cual había anunciado, a inicios de la semana, una modificación a sus políticas de operación argumentando que este servicio será de menor costo y en beneficio de los usuarios.
Por ello la dependencia estatal se vio obligada a emitir un posicionamiento en el que señala que este tipo de servicio no cumple con las normas de seguridad para operar en el estado, este servicio actualmente se presta únicamente en automóviles tipo sedán.
El comunicado publicado por la Secretaría de Movilidad precisa que el artículo 291 del la Ley de Movilidad dice textualmente que "para desarrollar el servicio de transporte público y especializarse requiere se requiere el otorgamiento de una concesión o permiso en términos establecidos por esta ley", por lo que la prestación de este servicio en motocicleta sería un servicio ilegal.
El artículo también refiere que "los propietarios de vehículos particulares, bajo ninguna circunstancia realizarán la prestación de servicio sin contar con la concesión o permiso vigente".
Cabe señalar que las motocicletas no cuentan con una póliza de seguro, la cual también es explícitamente solicitada en la ley para poder prestar un servicio de transporte público, dejando en claro pues, que no cumple con los requerimientos de seguridad de la ley.
Por otro lado, la misma ciudadanía puso en duda la seguridad de este tipo de traslados ya que a diario se conoce un importante número de accidentes en la ciudad en donde participan estos vehículos. Aún cuando en un inicio se había dado a conocer de manera extraoficial que el servicio sólo se prestaría a una persona a la vez, contaría con cobertura de aseguradora, acceso a llamadas al 9-1-1 y daría la opción de compartir viaje con algún familiar para el bienestar del pasajero.