El congreso local modificó la reforma al Código Civil en su artículo 1717 la cual contribuye a garantizar una vida digna a las personas adultas mayores.
La modificación señala que, cuando un adulto mayor de 60 años acuda ante un notario público a realizar la donación de un inmueble, el notario está obligado a informar al donante que puede agregar una cláusula donde se garantice el uso y disfrute de los bienes donados, aunque ya no forme parte de su propiedad.
La reforma al Código Civil garantiza el derecho a vivir de manera digna y proteger el patrimonio de los adultos mayores.