Finalmente con la aprobación de la ley de movilidad del estado de Nayarit se regulará la operatividad de los servicios de transporte privado a través de aplicaciones móviles. El primer punto a destacar de esta ley es que obliga a la Secretaría de Movilidad y a los prestadores de este servicio a crear un padrón de las empresas y conductores. El interesado podrá solicitar un permiso, con vigencia de diez años, al poder ejecutivo.
Al obtenerlo, deberá registrarse en el padrón de la secretaría de movilidad acreditando:
1.- La existencia y representación legal de las empresas en el Estado de Nayarit;
2.- Las condiciones de la tarifa;
3.- Tener domicilio fiscal en el estado de Nayarit;
4.- Tener aseguro vigente;
5.- Tener permisos individuales de cada uno de los automóviles a operar.
Este tipo de servicios deberá pagar las cuotas establecidas en la ley de ingresos del estado para cada una de las unidades vehiculares, mismas que deberán contar con seguro de cobertura amplia, sistema de seguridad, aire acondicionado, auto estéreo, no exceder los 7 años de antigüedad, tener una calcomanía de identificación de la empresa a la que pertenece, estar al corriente en sus verificaciones y obligaciones fiscales.
Por seguridad las aplicaciones permitirán al usuario conocer el nombre y apariencia del conductor, modelo, placas y color del vehículo, y la tarifa estimada para el trayecto seleccionado. La empresa estará obliga a garantizar la salud y legalidad del socio conductor.
Los coches que pertenezcan a las plataformas digitales tendrán prohibido hacer base y tendrán derecho a contar con un representante en el consejo consultivo de movilidad que creará la secretaría.
La ley de Movilidad no señala plazo o tiempos para que la dependencia inicie con la creación del padrón, hasta el momento estas plataformas operan de manera habitual.