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25 de Noviembre del 2024
Política

Nula armonización en el registro de menores por padres homoparentales

Nula armonización en el registro de menores por padres homoparentales

La lucha por los derechos de la comunidad LGBT+ en Nayarit ha sido una batalla constante entre la ideología conservadora y la legislatura en turno. Si bien el matrimonio igualitario es legal en México desde el 2015 y en la entidad fue armonizada tan solo 4 meses después, poco se ha hecho posterior a eso y esto se ve reflejado en trámites que en teoría debería ser de lo más común como lo es el registro de un hijo o hija.

En el estado aún está estipulado en la Ley del Registro Civil que un niño solo podrá ser registrado por el padre o la madre, dejando de lado a las familias homoparentales o lesboparentales como lo es el caso de Gracia Arias, activista por los derechos humanos a quien le fue negado la oportunidad de registrar a su hijo en compañía de su pareja por el simple hecho de que las 2 son mujeres. 

"El código civil lo dice muy claro, el padre o la madre, por lo tanto 2 padres o 2 madres no podemos registrar al menor, lo cual es contradictorio porque en el estado ya tenemos matrimonio igualitario y pues toda la ley alrededor tendría o los códigos civiles tendrían que armonizarse también para atender este derecho ganado."

Aún sabiendo la respuesta, Grecia y su esposa decidieron realizar una solicitud al registro civil del estado para registrar en conjunto a su hijo, sin embargo esta fue rechazada. 

"La manera en la que lo hicimos fue exponiendo la fecha de parto, los nombres de las madres y pues también poniendo el avance del embarazo, tuvimos respuesta por parte del registro civil, ellos conforme a ley no pueden registrar conforme al código civil."

La alternativa que le han planteado los abogados es poder registrar al niño mediante un juicio de amparo, que puede tardar alrededor de 3 a 4 meses, es por eso que tanto Grecia como su esposa han iniciado este trámite para cuando nazca el niño ya se tenga una resolución y que el menor pudiera ser registrado dentro de los primeros 70 días de vida como lo tiene estipulado la ley del registro civil. 

En cuanto a la armonización en el estado de la sentencia hecha por la Suprema Corte de Justicia sobre el derecho a la familia, donde estipula que no debería haber ninguna diferencia entre el tipo de pareja que registra a un menor, aún no ha sido retomada por lo que aún queda un largo camino en cuanto al registro de menores por padres homoparentales







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