Respetando las disposiciones del artículo 155 constitucional que establece la autonomía de los municipios, fue creada la nueva ley de movilidad para el estado de Nayarit, en la cual se ordenan las facultades del estado y el municipio en el tema de movilidad, vialidad y tránsito, siendo el primer cambio notorio la desaparición de la dirección de tránsito estatal y la obligatoriedad de que cada ayuntamiento cuente con una policía vial.
La policía vial de Tepic deberá de llevar a cabo todas las acciones de tránsito incluso en el centro histórico. Nosotros solamente en el centro histórico tenemos supervisores de movilidad que están en las bahías en las vías de acceso y descenso de personas", refirió el secretario de movilidad Luis Alonso Tahuahua, respecto a las atribuciones de cada depedencia.
Sin embargo, hay algunas excepciones en las que tanto una corporación como la otra puede colaborar en la vigilancia y sanción, por ejemplo en los municipios donde no existe una policía vial y por solicitud de los alcaldes, el estado puede intervenir, pero no podrán ser primeros respondientes ante un accidente. "Nosotros no lo podemos hacer porque no podemos llevar a cabo el llenado del informe policial homologado, no somos policías", agregó el funcionario. "La policía vial municipal, puede infraccionar a un transporte público referente a las normas viales: haberse pasado un semáforo en rojo, exceso de velocidad; pero ya en cuestiones de operaciones como son los itinerarios, tarifas o de horarios ahí el municipio no interviene, únicamente el estado", complementó el abogado Gerardo Santana Monteon.
El principal cambio para el secretario de movilidad es la investidura del personal de la secretaría, pues pasan a ser supervisores, ya no son agentes. Se encargan más de temas administrativos y de vigilar que se cumplan las normas. Mientras que la policía vial es quien se encarga del ordenamiento. "Por eso que no se deje sorprender la ciudadanía. En Tepic solamente nos encargamos única y exclusivamente del transporte público camiones, combis, taxis o carros particulares que presten servicio de transporte por medio de aplicaciones", finalizó.
En resumen se puede decir que el personal de la secretaría de movilidad ya no tiene la facultad de infraccionar a un ciudadano que esté infringiendo alguna ley de vialidad o llevar a cabo colocación de señalización, topes o semáforos; ellos se dedican a la vigilancia del transporte público.