En 2016 Baja California, interpuso un recurso de inconstitucionalidad respecto a la Norma Oficial Mexicana 046 sobre la Violencia Familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención. El Poder Ejecutivo alegó que el proceso por el que la NOM 046 fue creada, violentó la ley de Normalización y Metrología, en específico el tema del aborto por violación.
Luego de más de tres años, la SCJN dio el fallo en favor de lo establecido en la NOM, dejando como válidas las siguientes causales:
Cuando el embarazo es producto de una violación (en los 32 estados)
Cuando la continuación del embarazo afecta la salud de la mujer (14 estados)
Cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer (25 estados)
Si el producto presenta alguna malformación congénita grave (16 estados)
Si el embarazo es producto de una inseminación artificial no consentida (13 estados)
Si el aborto fue provocado de manera accidental (30 estados)
Cuando la economía precaria de la mujer se agrava. (2 estados)
Por libre decisión de la mujer. (Solo CDMX).
Lizette Hernández, integrante de la colectiva feminista de Nayarit señaló: "En sí no modifica en nada la NOM, no hay nada nuevo, lo que hace es dar como su apoyo a tal, manifestar que pues la aprueba o la apoya también, pero esa NOM ya existía, las mujeres han podido abortar por la causal de violación en todo el país".
El aval de la SCJN, levantó comentarios de algunos grupos que consideran que esta práctica podría limitar aún más el acceso a la justicia y el castigo a los victimarios, sin embargo las defensoras de los derechos de la mujer consideran que es lo contrario. "Lo que hace esta normativa al no tener como una obligatoriedad la denuncia, es que las mujeres puedan acceder al cuidado de su salud. Incluso sería un incentivo porque de esta manera pueden acceder a los servicios que tiene que ver con salud, con respaldo psicológico, para poder tener mayor fuerza o voluntad para realizar las denuncias".
La Norma Oficial Mexicana 046, nace de la Ley General de Víctimas en el año 2005 y debe ser acatada por los tres órdenes de gobierno, además siendo de mandato federal está por encima de cualquier ley estatal o local.