El Tribunal Electoral ratificó la legalidad del procedimiento para la elección de quien será representante para la construcción del Frente Amplio por México, y rechazó el proyecto de sentencia de la magistrada Yanine Otálora Malassis que proponía anular el proceso acordado por los partidos de Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, por considerar que se trata de actos anticipados de campaña que violentan la ley electoral en cuanto a la selección de candidaturas a la presidencia de la república.
Por mayoría de votos de tres de los cuatro magistrados y magistrada presentes en la sesión pública, la sala superior determinó que el proceso acordado por los partidos que integran el Frente Amplio por México no viola los principios de legalidad, equidad y certeza de la contienda.
De esta forma las y los aspirantes del Frente Amplio por México podrán continuar con sus recorridos y reuniones políticas, siempre y cuando no llamen al voto, no hagan actos de promoción personal ni utilicen estos actos para promover propuestas políticas o de gobierno ni plataformas políticas personales o partidistas.
El magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón consideró que invalidar la convocatoria podría significar un acto que en el futuro pueda vulnerar o violentar los derechos políticos de cualquier persona.
Los magistrados electorales propusieron que el instituto nacional electoral establezca mecanismos para vigilar que los partidos políticos vigilen y fiscalicen la actuación pública de sus aspirantes, a fin de que cumplan con lo que establecen las leyes electorales y no incurran en actos anticipados de campaña.
También determinaron recomendar al INE que imponga los candados necesarios para que quienes participan en esta convocatoria no accedan a los tiempos oficiales de radio y televisión de los que gozan sus particos políticos.
Los votos en contra del proyecto fueron del magistrado presidente del Tribunal Electoral, Reyes Rodríguez Mondragón y los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Ibarra Infante González.
La magistrada Jainne Otálora Malassis fue la única que voto a favor de anular la selección del representante del Frente Amplio por México, y en defensa de su proyecto cuestionó al resto de magistrados que si reconocen que la convocatoria del frente puede vulnerar la equidad, por qué no entonces esperar a que inicie el proceso electoral legalmente para que realicen sus actividades conforme a su convocatoria.
En 2017 el TEPJF validó la designación de delfina Gómez Álvarez como coordinadora para la defensa de la cuarta transformación en el estado de México y no se consideraron como actos anticipados de campaña los realizados por la hoy gobernadora electa en el proceso de este año.
Con información de Andrés Solís