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27 de Noviembre del 2024
Economía

Padres que no paguen pensión no podrán contraer matrimonio

Padres que no paguen pensión no podrán contraer matrimonio

De acuerdo a estadísticas del INEGI (Instituto Nacional de Estadística y Geografía) siete de cada 10 deudores de pensiones, no pagan obligaciones alimentarias por lo que, el Senado de la República aprobó la modificación al artículo 308 de la Ley de Familia que protege los derechos de las niñas, los niños y adolescentes; la reforma consiste en que los deudores que no cumplan con esta obligación después de tres meses serán acreedores a diversas sanciones.

Las sanciones consisten en negarles aspirar a puesto de elección popular, tramitar documentación como pasaportes, licencia de conducir, incluso solicitud de matrimonio, sin embargo, estas sanciones sólo podrán aplicarse cuando la acreedora o quién tenga la custodia de los hijos. reporte la incidencia de adeudo ante el juzgado familiar correspondiente, para que el órgano jurisdiccional ingrese al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias a la persona que no cumpla con el pago de pensión alimenticia indicó Rafael Pavana, licenciado en Derecho.






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