Tras dos años y medio trabajando en la reformación, finalmente el 11 de marzo, la Cámara de Diputados del Congreso Local, eliminó la temporalidad del artículo 252, la cual obligaba a las víctimas de violencia familiar, a tener como mínimo seis meses viviendo con sus respectivas parejas, para que el delito pudiera configurarse.
Ariadne Lamont, integrante de la Red de Mujeres de La Laguna, aseguró que muchas mujeres se verán beneficiadas al ser acreedoras a un juicio oral, en vez de que el abuso sea clasificado como lesión.
"Si la pareja tenía cinco meses, tres meses, quince días, automáticamente no era violencia familiar, si no que era clasificado como lesiones, lo que significaba también que pasaba a mediación. Por favor, más sentido de urgencia porque las mujeres y las niñas en Coahuila se lo merecen", expresó la activista.