Entre los dos mil y los seis mil pesos pueden hacerse acreedores quienes de manera reincidente, después de haber sido llamados a guardar orden, sean señalados y confirmados como vecinos ruidosos.
De acuerdo con lo establecido en el reglamento municipal de los ayuntamientos de Torreón y Gómez Palacio, el volumen máximo del sonido musical no debe superar los 65 decibeles dentro de un horario de seis de la mañana a 10 de la noche, y de 60 decibeles de 10 de la noche a seis de la mañana.
Por encima de estos niveles, una queja ciudadana estará justificada y por tanto la posibilidad de una multa; las quejas podrán presentarse en las direcciones de atención ciudadana o en las de medio ambiente y ecología de estos municipios.