El 11 de marzo del presente 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró la pandemia generada por el virus SARS-Cov2 como una emergencia de salud pública de interés internacional y emitió una serie de recomendaciones para su control y atención.
En nuestro país, el 19 de marzo el Consejo de Salubridad General reconoció la enfermedad como grave y de atención prioritaria, por lo que exhortó a los gobiernos de las entidades federativas, en su calidad de autoridades sanitarias, y en general a las y los integrantes del Sistema Nacional de Salud a definir planes de acción oportunos. Posteriormente emitió el acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la pandemia, publicado el 30 de marzo en el Diario Oficial de la Federación.
En ese contexto, las autoridades federales, del estado y municipales han dictado un conjunto de medidas de mitigación, control y atención, tendentes a reducir la transmisión y contagio del virus, y proteger de la mejor manera la salud y la vida de las personas, como la reducción de la movilidad social en espacios públicos; el distanciamiento social; el cierre temporal de negocios, centros educativos, espacios recreativos y empresas con actividades no esenciales; aislamiento domiciliario; sana distancia; medidas básicas de higiene y uso de implementos de protección personal, entre otras.
Desde que se implementaron dichas medidas, este organismo ha reiterado que su aplicación debe realizarse con pleno respeto a los derechos humanos. Con ese enfoque, la CEDHJ ha efectuado, ininterrumpidamente, una labor de observación, emisión de propuestas de prevención y de defensa, esta última en los casos en que la probable afectación de derechos humanos ha hecho necesaria nuestra intervención y pronunciamiento.
Durante estas semanas la sociedad ha transitado por circunstancias difíciles y complicadas, que han puesto a prueba nuestras diversas capacidades en todos los contextos. De estos acontecimientos resaltamos el aspecto positivo, que ha contribuido a detonar talentos, valores, principios y destrezas en un ánimo solidario que, sin duda, contribuirán al proceso de humanización, tan indispensable en situaciones como esta.
Hoy próximos al 1 de junio, fecha establecida para el regreso paulatino y progresivo a las diversas actividades sociales y económicas -denominado como nueva normalidad-, y que, en el caso específico de Jalisco, ha ameritado, por parte del Gobierno del Estado, la elaboración de un instrumento que lleva por nombre Plan Jalisco para la Reactivación Económica, este organismo defensor, con fundamento en el artículo 7, fracción V, de la Ley que lo regula; y del artículo 11, fracción II, de su Reglamento, emite el siguiente Pronunciamiento:
a). El regreso a la nueva normalidad, así como la implementación del citado plan, debe implementarse desde la perspectiva de los derechos humanos, poniendo como eje central a la persona, con énfasis prioritario en los grupos en situación de vulnerabilidad.
b). Las decisiones que permitan levantar las medidas preventivas y de mitigación, deberán estar sustentadas en evidencia científica sobre la certeza del control del virus y la disminución de su contagio, ponderando siempre la protección del derecho a la salud y a la vida, así como que el beneficio será mayor a la afectación que pudiera ocasionarse. En todo caso, privilegiar el principio de precaución.
c). La información relativa a las condiciones y requisitos que se tienen que cumplir para la reanudación de las actividades debe ser generalizada, clara, puntual y suficiente para cada sector productivo o de la economía, y difundida ampliamente para evitar confusiones, así como la imposición de sanciones por error o incumplimiento.
d). Se deben homologar los criterios de aplicación entre la autoridad estatal y las municipales, esto para una mayor efectividad, un impacto positivo de las medidas y evitar confundir a la ciudadanía. Por ello, debe existir amplia coordinación entre las autoridades municipales, toda vez que ellas son el mayor y más cercano contacto con la población; así como con la autoridad federal, dada la visión y análisis desde un contexto macro, y por las responsabilidades constitucionales concurrentes y coordinadas que establecen los artículos 4° y 73, fracción XVI, constitucionales.
e). La socialización de las medidas debe ser mediante una amplia difusión, con el fin de garantizar la adopción y el cumplimiento autorresponsable. En este proceso se debe priorizar la convicción social sobre el temor a la clausura o la imposición de sanciones.
f). Mantener constante exhortación a la población para que no se relajen las medidas de protección, evitando con ello una recaída o rebote en el índice de contagios que obligue a volver a la fase de confinamiento, suspensión de actividades u otras medidas más restrictivas.
g). Las líneas telefónicas para ayuda, aclaraciones de dudas e información inherente, deberán ser suficientes, expeditas y prestar servicio las 24 horas del día.
h). Allanar cualquier obstáculo que genere retraso en la emisión de los folios de validación de documentación y requisitos de quien cumple con los lineamientos sanitarios.
i). Que el trámite para la obtención del distintivo, además de los centros abiertos al respecto, se pueda realizar en línea sin ningún contratiempo.
j). El apoyo de las diversas cámaras de comercio, industriales y empresariales resulta transcendente para contribuir a que sus agremiados cumplan con las condiciones para la obtención del distintivo y mantengan vigentes las medidas de protección y prevención.
k). Los prestadores del servicio público de transporte de personas, deben implementar, bajo la supervisión de la autoridad, medidas efectivas para evitar aglomeraciones y transgresión a la sana distancia.
l). Aplicar criterios razonables, proporcionales y de legalidad cuando se vaya aplicar alguna sanción por incurrir en error, incumplimiento u otra causa de las medidas de prevención y seguridad por parte los establecimientos.
m). Para garantizar mejores resultados en la aplicación del Plan, debe impulsarse un mayor compromiso de las empresas con los derechos humanos, fortaleciendo su transversalización con una perspectiva de género y de tutela a personas en situación vulnerable; ello implica que las empresas y negocios tomen medidas reforzadas frente a este sector de la población, ya sea como parte de su planta laboral o como solicitantes de la prestación de un servicio o adquisición de productos, en aspectos tales como la eliminación de barreras arquitectónicas, accesibilidad y consideraciones específicas a personas en especial o mayor situación de vulnerabilidad.
n). El sector público debe tener presente programas para concesión de prórrogas o exenciones de impuestos, beneficios de créditos para la reactivación económica, así como permisos o autorizaciones para giros emergentes, incluyendo apoyos al empleo, autoempleo o por desempleo. Dentro de este contexto, considerar a la diversidad de sectores que dependen del comercio y de la prestación de servicios y no únicamente al registrado o formal.
o). La financiación para la reactivación económica debe considerar el apoyo a sectores vulnerables no únicamente desde el asistencialismo, sino motivar el emprendimiento y el desarrollo de proyectos.
p). La aplicación del plan de austeridad debe impactar equitativamente a la población, evitando mayor afectación a los sectores más vulnerables económicamente hablando.
q). Debe existir una evaluación permanente y sectorizada del Plan, con perspectiva de género. Dentro del Comité de Seguimiento y Vigilancia se debe incluir a personas de todos los sectores sociales y de las distintas regiones del estado, con particular énfasis en expresiones de la sociedad civil que trabajen o representen a personas con discapacidad, población indígena, población de la diversidad sexual, personas mayores y, en general, a todos los grupos sociales con mayor riesgo de vulnerabilidad, además de todos los sectores pertenecientes a la economía informal.
r). Se debe asignar un área encargada de dar seguimiento puntual a las quejas que llegaran a presentarse en contra de las y los servidores públicos encargados de su implementación y desarrollo.
s). Debe darse puntual rendición de cuentas a través de informes periódicos diarios o semanales, amplios, transparentes y con lenguaje asequible para toda la población, sobre el impacto y resultados de la aplicación del referido Plan.
Este organismo desde el ámbito de sus competencias y en el más firme afán de garantizar el cumplimiento irrestricto de los derechos fundamentales de todas las personas, refrenda su compromiso de contribuir durante su implementación, aplicación, evaluación y resultados de la reactivación gradual de la economía en nuestro estado.