De acuerdo con el calendario electoral aprobado con el Consejo General del IEPC, las y los presidentes municipales que están actualmente en funciones y que buscan la elección consecutiva en el proceso electoral ordinario del seis de junio, tendrán que separarse del cargo 90 días antes de la jornada electoral, es decir, tienen que pedir licencia el ocho de marzo próximo, informó el consejero electoral Guillermo Arturo Rojo Martínez.
"Tendrán que hacer esta separación y puede ser a través de una licencia sin goce de sueldo, no significa por ningún motivo renunciar, no significa la renuncia simplemente una renuncia que puede ser sin goce de sueldo y con esto poder cumplir con la normativa y poder contender en el proceso de reelección".
Las licencias las tiene que aprobar el Congreso del Estado y ya depende de cada cabildo el nombramiento de quién sustituye al alcalde o alcaldesa que busca reelegirse, según la normativa puede ser el primer regidor o regidora o bien, el síndico o la síndica de cada municipio.
Las y los munícipes tienen que firmar carta Tres de Tres, en donde no debe haber sido sentenciado por haber ejercido violencia política en razón de género, no ser deudor alimenticio; debe tener la cuenta pública en orden, tiene que ser postulado por el mismo partido político, mismo municipio, o distrito donde obtuvo el triunfo o cualquier partido que forme parte de la coalición que le dio el triunfo.
Hizo un llamado a las y los alcaldes a que no utilicen su posición actual para posicionarse entre la población que va a votar, ya que esto contamina los lineamientos de cancha pareja.