La segunda veda electoral o también conocida como "periodo de reflexión", dará inicio el próximo jueves 30 de mayo en punto de las 00:00 horas. Esto no es más que un conjunto de medidas establecidas por el INE para garantizar que los ciudadanos reflexionen el sentido de su voto.
De acuerdo a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en su artículo 251, las y los candidatos a cualquier cargo de elección popular que participan en la contienda deberán dar por terminada su campaña el próximo 29 de mayo a las 23:59 horas.
Pero? ¿Qué está prohibido durante la veda electoral? Realizar actos públicos de campaña, difundir encuestas o sondeos de opinión en materia electoral, propaganda o proselitismo electoral, difundir propaganda gubernamental (excepto información en materia de salud, educación y protección civil).