Año con año, los Ayuntamientos chiapanecos son auditados, algunos, registrando anomalías que por ley tienen que aclarar.
"Revisan la ejecución de los recursos, tanto documentalmente como físicamente y emiten un acta donde se le da la oportunidad de 45 días a la autoridad para solventar observaciones".
Las anomalías detectadas, pueden ir dirigidas a todo un Cabildo, presidencia municipal, tesorería, dirección de obras, incluso, actualmente pueden llegar a empresas particulares que en algún momento hayan ejercido recursos federales.
"Tenemos el caso de funcionarios públicos que han sido embargados en bienes, cuentas y también constructoras que han dejado de operar, porque si tienen algún adeudo, algún pendiente en Hacienda del Estado, no les dan su constancia de no adeudo y con eso no pueden contratar obra pública".
Por los mismos procesos, las auditorías evalúan las administraciones de un año anterior, si en 45 días, las observaciones no son resueltas a cabalidad, son resueltas parcialmente o no fueron cumplidas conforme a lo requirió la auditoría es turnada al área jurídica de responsabilidades administrativas y se inicia un procedimiento formal.
En Chiapas, se han registrado casos.
"Ha sucedido mucho, yo tengo en lo personal que ha sucedido tanto en la ASF como en la ASE, donde hay ayuntamiento hasta el 2028, 2015 que todavía están en el proceso litigioso".
En los últimos años, municipios como Coapilla, Chiapa de Corzo, Ocozocoautla e incluso Simojovel, han registrado anomalías, sin embargo, en Simojovel en el 2020, la administración, en ese entonces a cargo de Viridiana Hernández Sánchez, no entregó cuentas por el ejercicio 2019.
"Lamentablemente los organismos y las autoridades encargadas de la vigilancia o impartición de justicia no están tomando en cuenta toda esta situación, tenemos a un Congreso acéfalo, que no hace el trabajo debido".
De acuerdo a la ley de responsabilidades administrativas, cuando un funcionario omite aclaras observaciones o incluso entregar la cuenta pública, se establecen dos sanciones; una el resarcimiento de daños por la cuantificación de lo observado y, la responsabilidad administrativa al funcionario".
"Se le obliga al funcionario al resarcimiento de daños, se turna esta resolución de resarcimiento de daños a Hacienda Estatal o federal para que realice un procedimiento de ejecución de cobro y embargo, es decir, terminan embargando cuentas bancarias".
No obstante, la realidad, es que, son muy pocos funcionarios, los que tienen consecuencias legales por el posible desfalco al erario público, de alguna manera justifican las anomalías? y así ocurre administraciones, tras administraciones.