La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó en los estados de Veracruz, Baja California y Nuevo León, que, bajo la legítima defensa, las personas pueden matar o lesionar a un agresor.
La Suprema Corte advirtió que, si bien este mandato establece una presunción de legítima defensa en ciertos casos, esto no significa que las personas puedan usar la fuerza de manera indiscriminada.
Defensores de Derechos Humanos, detallaron que, esta determinación no es nueva, pues siempre ha existido la posibilidad de alegar legítima defensa y la propia constitución permite tener un arma (registrada y que no sea de uso exclusivo del ejército), para la protección de cada individuo.
"El problema va más allá de eso, me parece que lo que se requiere es atender los problemas de fondo, la situación de desigualdad social que son los causantes de la frustración de las personas en cuanto a su futuro y en algunos casos de su presente de comer y sobrevivir día con día".
Cabe mencionar, que este precepto, tampoco excluye responsabilidad si el daño causado al agresor resulta excesivo, innecesario o no se comprueba que fue en defensa propia.