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23 de Noviembre del 2024
Ecología

Empresa refresquera ha saqueado agua con aprobación de autoridades

Empresa refresquera ha saqueado agua con aprobación de autoridades
Por: Lizbeth Leyte
Tuxtla Gutiérrez
30-03-2021

La privatización del agua no se refiere a la propiedad privada del agua, sino al control privado sobre este bien común, es decir, a las concesiones que se hacen de las fuentes de agua. Tanto la ley de aguas para el estado, como la ley de aguas nacionales contemplan la posibilidad de concesionar el uso, aprovechamiento o explotación de ellas.   

"La posibilidad de concesionar el servicio público, es decir, TGZ, nos dan agua a partir del SMAPA que es un organismo descentralizado, pero de acuerdo a la ley de aguas estatal es un servicio que se podría concesionar".

¿Quién opera las concesiones en los estados y por cuántos años?

Es la misma Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) quien opera estas mismas y de acuerdo a la ley de aguas nacional una concesión no puede ser de menos de cinco años, ni puede exceder los 30.

En la entidad chiapaneca el ejemplo más claro de la privatización del agua está en San Cristóbal de Las Casas, en donde gobiernos han otorgado concesiones a la empresa refresquera más famosa del mundo, la cual ha ocasionado graves problemas ambientales

"Tiene una concesión para explotar millones de metros cúbicos de agua y lo que preocupa es que hay zonas que ya están secas, un cerro de agua en donde se estableció esa empresa ya no tiene agua y están comenzando a afectar humedales? el agua se está desviando para beneficio de la empresa y se está dejando de lado el agua para uso doméstico". 


¿Por qué los gobiernos estatales quieren recuperar el control del suministro de agua y terminar las concesiones? Cándida Gutiérrez Zenteno, abogada y Defensora de Derechos Humanos y del acceso al Agua, enfatizó que debido a que el control lo tiene la misma Conagua, las decisiones se toman desde el ámbito federal, lo que no siempre conviene a los estados y ayuntamientos.

"Las decisiones incluso en comunidades, la gestión del agua se debe dejar a nivel comunitario porque no es posible que lo que ocurre con el agua de una comunidad, lo decida la federación, desde el organismo centralizado que es Conagua".

Por ello, considera que la propuesta de que sean los gobiernos estatales quienes recuperen el control de las concesiones o el suministro de agua, sí es factible. 


? Zonas de veda: Son áreas específicas en las regiones, cuencas hidrológicas o acuíferos, en los cuales no se autorizan aprovechamientos de agua adicionales a los establecidos legalmente.

? Zonas de reserva: Áreas específicas de los acuíferos, cuencas o regiones hidrológicas, en las cuales se establecen limitaciones en la explotación, uso o aprovechamiento de una porción o la totalidad de las aguas disponibles, con la finalidad de prestar un servicio público, implantar un programa de restauración, conservación o preservación.

? Zonas reglamentadas: Aquellas áreas específicas de los acuíferos, cuencas hidrológicas, o regiones hidrológicas, que, por sus características de deterioro, desequilibrio hidrológico, riesgos o daños a cuerpos de agua o al medio ambiente, fragilidad de los ecosistemas vitales, sobreexplotación, así como para su reordenamiento y restauración, requieren un manejo hídrico específico para garantizar la sustentabilidad hidrológica.

¿Es cierto que el agua comienza a cotizar en la bolsa?

Aunque la especialista señaló que, esto podría ser una realidad a largo plazo, aún no lo es en territorio mexicano, pero sí se ha presentado en California, Estados Unidos.

"Personas que se dedican a la industria o a la agricultura que saben que para su industria necesitan agua y la compran a estos concesionarios, es como decir que actualmente el agua me cuesta 100 pesos, cuánto me va a costar en seis meses, lo que se manejaba era la posibilidad de comprar o estimar cuantos costará el agua en tanto tiempo y mejor la compro ahora para que la surtas en seis meses".





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