La Ley Olimpia fue publicada este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que entrará en vigor al día siguiente y los congresos locales contarán con un plazo de 180 días para realizar las adecuaciones legislativas correspondientes para su aplicación.
Con este decreto, luego de cumplir con el trámite legislativo en el Congreso de la Unión, queda tipificada y sancionada la difusión de contenido sexual, sin consentimiento.
Fueron reformadas la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con un capítulo denominado "De la Violencia Digital y Mediática", y el Código Penal Federal con un capítulo segundo titulado "Violación a la Intimidad Sexual" y un título séptimo Bis denominado "Delitos contra la Indemnidad de la Privacidad de la Información Sexual".
En Chiapas, se ha llevado a cabo un procedimiento penal en el que un menor de edad fue víctima y un menor de edad fue procesado por difundir material íntimo sin consentimiento. Los focos rojos en Chiapas por este delito son Tuxtla Gutiérrez, San Cristóbal, Villaflores y Villacorzo.
"Multas que van hasta los 90 mil pesos para quien cometa este delito, en Chiapas nuestro Código Penal menciona que pueden ser hasta nueve años porque tiene unos agravantes".