De acuerdo a la fechas del calendario electoral en el primer minuto de este jueves 22 de noviembre, da inicio el periodo de veda electoral, mismo que tendrá una duración de 72 horas y servirá para que las y los votantes puedan reflexionar su sufragio el próximo domingo 25 de este mismo mes, para elegir miembros de Ayuntamiento en los municipios de Bejucal de Ocampo, Catazajá, Chicoasén, Montecristo de Guerrero, El Porvenir, Rincón Chamula San Pedro, San Andrés Duraznal, Solosuchiapa, Tapilula y Santiago El Pinar, en el marco del Proceso Electoral Local Extraordinario 2018.
En reunión de trabajo con los integrantes del Consejo Municipal de Catazajá, el Consejero Presidente del IEPC, Oswaldo Chacón Rojas, explicó que durante los días 22, 23 y 24 de noviembre, los actos de proselitismo quedan prohibidos con la finalidad de que la ciudadanía pueda reflexionar el sentido de su voto. Comentó que las actividades no permitidas durante la veda electoral son: la celebración de reuniones o actos públicos de campaña y de propaganda, por parte de los partidos políticos y, las y los candidatos, así como la difusión de propaganda gubernamental y difusión de informes de labores.
En el mismo sentido, los medios de comunicación no podrán dar a conocer resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales hasta que haya concluido la votación. El día de la jornada electoral no debe haber propaganda de partidos ni de candidatas o candidatos cerca de las casillas de votación. Cabe recordar que la veda electoral se encuentra establecida en el artículo 210, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), el cual señala que "la distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso, su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la jornada electoral".
El Consejero Presidente dijo que de no cumplir con lo establecido, el IEPC se encargará de retirar la propaganda con cargo al monto de financiamiento público que le corresponde al partido y además habrá una sanción que puede consistir en una multa, amonestación, suspensión e, incluso, la cancelación del registro.
En cuanto a redes sociales e internet, aunque no existe en la ley un prohibición expresa sobre su uso durante la veda electoral, recordó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ha manifestado, principalmente en el caso de candidatos que utilicen sus redes sociales personales, o aquellas en las que hicieron promoción, para realizar llamados el voto, pueden ser sancionados.
Cabe recordar que en los últimos minutos de este 21 de noviembre, concluyó el periodo de campañas, en el que las y los candidatos tuvieron oportunidad de ofrecer a la ciudadanía sus propuestas desde el pasado 07 de noviembre.