De acuerdo con el Artículo 17 Constitucional, las autoridades deben de garantizar que se imparta la justicia de manera parcial, es decir, aunque haya una desaparición del Tribunal Laboral, Administrativo y Constitucional, las operaciones deben de seguir a través del Poder Judicial.
Los procedimientos de orden burocrático iniciados previo al decreto aprobado el 13 de diciembre deben seguir con esta fusión, sin embargo, se han reportado retrasos por encontrarse en transición.
Además, la base trabajadora, los recursos materiales y recursos financieros deben estar contemplados dentro de las operaciones del Poder Judicial.