La LXVII Legislatura del Congreso del Estado, turnó a comisiones para su estudio y dictamen, el punto de acuerdo para solicitar a la Cámara de Diputados, reforme el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que el delito de abigeato se podrá castigar con prisión preventiva, endureciendo así las sanciones por este delito que se ha vuelto recurrente