El derecho de la ciudadanía sobre su imagen digital es el derecho que tiene cada individuo para que nadie pueda publicar, reproducir, exponer o vender su imagen a través de cualquier plataforma.
Al respecto el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Chiapas (Itaipch) respalda esta moción ya que la imagen digital de cada personas solo puede ser utilizada siempre y cuando medie una orden emitida por autoridades competente que, de manera fundada y motivada, exponga las razones para la publicación y exposición.
De acuerdo a especialistas en la actualidad con el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, este derecho se vuelve muy importante. La masiva difusión de fotografías o videos de personas en redes sociales supone el infringir su legal uso al no tener una autorización de quien es expuesto.
La Constitución en México no contempla tacitamente la prohibición de la utilización de la imagen de una persona a través de medios digitales, sin embargo lo presupone, tal y como se concreta en los articulos 6 y 7 de la misma que vera textualmente de la siguiente manera
"El derecho a la imagen y a la voz están comprendidos dentro de esos derechos de los terceros referidos, que impiden que se publique la fotografía de una persona en un medio impreso o electrónico sin tener el consentimiento de la persona, o si no se tiene una causa legal que justifique su captación", reflexionan las investigadoras.