Por unanimidad de votos, la Magistratura del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas revocó el expediente correspondiente, emitido por la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) en el que desechan la queja interpuesta en contra del expresidente municipal de Pantelhó, por posibles actos de violencia política y en razón de género. Contrario a lo considerado por la autoridad responsable y en atención al principio de debida diligencia en materia de violencia política en contra de las mujeres por razón de género sí está obligada a conocer de las conductas de agresión que señalan las funcionarias y que fueron perpetradas por el propio presidente municipal del Ayuntamiento de Pantelhó, Chiapas