El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas revocó la sanción del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana contra Mariano Díaz Ochoa y otros miembros del ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas.
En dicho Procedimiento Especial Sancionador el IEPC había determinado la responsabilidad administrativa de Díaz Ochoa, el tesorero y otros miembros del cabildo de San Cristóbal, por la comisión de Violencia Política en Razón de Género, el IEPC determinó que fueran inscritos en el registro nacional de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres.
Los magistrados del TEECH consideraron de manera unánime que la determinación del IEPC de acreditar la conducta de violencia política en razón de género en contra de edil coleto y otros miembros de ese ayuntamiento no está justificada.