"No cobramos como debe de ser y por eso tengo que estar buscando de casa en casa, por lo mismo que no tengo ni Seguro Social y mi sueldo es 200 pesos por cada casa."
Es uno de muchos casos, de la informalidad que prevalece en las trabajadoras del hogar, a ella la llamaremos Verónica, por razones de seguridad.
Aunque la Ley Federal del Trabajo reconoce el trabajo en el hogar como una actividad que debe ser protegida mediante un contrato y con el otorgamiento de prestaciones.
99 de cada 100 personas que ofrecen sus servicios domésticos lo hacen sin este documento.
Fuente: Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) de 2021, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Verónica, realiza labores de limpieza, barre, trapea y sacude y cada hogar tiene un precio distinto en promedio obtiene 200 pesos por casa.
Asegura que le han ofrecido afiliarla en el IMSS, sin embargo, ha rechazado la oferta por que sus ganancias no serían las mismas.
"Porque me lo han ofrecido, pero por motivos personales yo no me puedo quedar, ¿Es muy bajo el sueldo que te ofrecen para vivir en una casa? Si es muy bajo no es mucho, lo mucho que me pueden dar son 50 pesos más o algo así por ello no acudo a quedarme porque no vale la pena."
Cuatro de cada 100 tienen acceso a servicios de salud y de ellas sólo 28 de cada 100 cuenta con algún otro tipo de prestaciones, como aguinaldo y vacaciones
Fuente: INEGI
Al corte de diciembre de 2022 se afiliaron 946 personas, lo que significó un incremento de 153 personas respecto a diciembre de 2021 en Chiapas.
De acuerdo a especialistas en materia laboral se debe diferenciar entre las que laboran de planta en un domicilio, donde inclusive viven, reciben prestaciones, pero sus horarios se amplían y suelen estar disponibles por más horas de las marcadas en la Ley; en contra parte, la mayoría acude una vez a la semana y son quienes se mantienen en la informalidad.
Ambas trabajadoras domésticas siguen careciendo de los derechos laborales establecidos en la Ley Federal del Trabajo.
"Claramente establece que tienen que tener horarios y no estar todo el día en la actividad bajo el mando del patrón y sin lugar a dudas una de las prestaciones que no han logrado materializarse, aunque es una gran conquista que la Ley Federal del Trabajo, si lo tenga establecido al reconocer el trabajo doméstico como una actividad laboral es las altas al Instituto Mexicano del Seguro Social."
Cabe hacer mención que la Ley del Seguro Social, en su artículo 287 establece sanciones que se aplican dependiendo del tiempo de omisión por parte del patrón, siempre exista una denuncia.
En Chiapas las Personas Trabajadoras del Hogar que están registradas ante el Instituto tienen derecho a los cinco seguros que da el Seguro Social: de Enfermedades y Maternidad, Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, Guarderías y Prestaciones Sociales.