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11 de Octubre del 2024
Política

Aprueba Congreso modificaciones al Código Electoral de Veracruz

Aprueba Congreso modificaciones al Código Electoral de Veracruz

Con 31 votos a favor y 14 en contra, diputados locales aprobaron modificaciones al código electoral de Veracruz.

Con esta nueva disposición, en la elección del 06 de junio de 2021 el Organismo Público Local Electoral tendrá a su cargo el Programa de Resultados Preliminares, que permite conocer la tendencia del voto durante la elección

Así mismo, reciclar material electoral de otros comicios y organizar debates virtuales entre los candidatos a diputados, alcaldes y gobernador.

El proyecto de reforma que se presentó como opción, el eliminar el monitoreo de medios, sin embargo, en el dictamen que se aprobó no se incluyó la derogación al artículo 49.

La ley establece, que el OPLE deberá: Implementar y operar de forma exclusiva el PREP de las elecciones que se lleven a cabo en la entidad, de conformidad con las reglas, lineamientos, criterios y formatos que emita el INE.

El organismo debe recuperar, concentrar y reutilizar el material electoral empleado en los procesos electorales, por lo que en caso de no hacerlo y decida comercializar el material, los recursos obtenidos deberán ingresar a través de la Oficina Virtual de Hacienda

El OPLE organizará los debates entre los candidatos a cargos de elección popular. Ello con la posibilidad de que se realicen de manera virtual.

De igual forma, se establecieron las bases para el desarrollo del mecanismo de asignación de los bloques de competitividad en el registro de candidatas y candidatos por ambos principios, mayoría relativa y representación proporcional.

Para las diputaciones de mayoría relativa se establece que en los distritos donde los partidos políticos no hubieran postulado candidaturas en el proceso electoral anterior, sus postulaciones deberán incluir el principio de homogeneidad en las fórmulas y paridad horizontal.

Por cada partido político se enlistarán los distritos en los que postuló candidaturas en los comicios anteriores, ordenados de manera decreciente conforme al porcentaje de votación obtenido.

En los municipios en los cuales los partidos políticos no hayan postulado candidatos para la presidencia municipal y sindicatura en los comicios anteriores, se deberá cumplir con el principio de homogeneidad y paridad en las fórmulas.

Los alcaldes, síndicos y regidores se podrán reelegir al ser registrados para el municipio en que fueron electos previamente, debiendo contar los interesados con la presentación de sus cuentas públicas en el primer año de gestión.





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