Ante el fallecimiento del Arzobispo de Xalapa, Mons. Hipólito Reyes Larios, ocurrido el pasado domingo 8 de agosto, la Arquidiócesis de Xalapa se encuentra a la espera que se dé a conocer el nombramiento de un "administrador".
Lo anterior fue dado a conocer por el vocero de la Iglesia católica, José Manuel Suazo Reyes, quién adelantó que éste puede ser diocesano o apostólico. Es diocesano cuando se elige de entre los miembros del Consejo de Consultores y es apostólico cuando lo designa la Santa Sede.
Este 15 de agosto, en la solemnidad de la Asunción de la Santísima Virgen a los cielos, el Arzobispo celebraría 48 años de ordenación sacerdotal.
"Por la fe sabemos también que él los está celebrando ahora en la eternidad junto a la reina de los cielos y de la tierra, donde no hay luto, ni dolor, ni tristeza, sino alegría y paz".
Con el fallecimiento del arzobispo, la Arquidiócesis de Xalapa entró en el periodo que canónicamente se le llama SEDE VACANTE. "Queda vacante la sede episcopal por fallecimiento del obispo, renuncia aceptada? traslado y privación intimada", Código de Derecho Canónico, c. 416
Sobre las funciones y deberes del Administrador diocesano, el Código de Derecho Canónico habla con mucha claridad en los cánones 419 al 430, destacamos algunas cosas que nos dan un poco de luz:
El Administrador diocesano es quien rige temporalmente la diócesis; debe ser elegido por el colegio de consultores en un plazo de 8 días.
Para el cargo de Administrador diocesano sólo puede ser designado válidamente un sacerdote que tenga cumplidos 35 años y que no haya sido elegido, nombrado o presentado para la misma sede vacante.